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Viva el Tribunal Constitucional!

El primer párrafo del primer artículo de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que dicho órgano es el supremo intérprete de la Constitución, que es independiente de los demás órganos constitucionales y que está sometido únicamente a la Constitución y a la ley orgánica que lo regula. En su composición interviene el Congreso, que elige a la cuarta parte de los magistrados por mayoría de tres quintos de la Cámara; el Senado, que elige otra cuarta parte por la misma mayoría; el gobierno, que elige a dos miembros; y el Consejo General del Poder Judicial, que elige a los dos miembros restantes. Un total de doce magistrados lo conforman. De los ocho magistrados designados por el poder legislativo, la mayoría de tres quintos de los miembros de la cámara necesaria para la elección de cada magistrado hace que, dada la aritmética parlamentaria de nuestro país, sea obligado el acuerdo entre PP y PSOE; puesto que ninguno de los dos grandes partidos puede reunir al sesenta por ciento...